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Cambios en la ley portuguesa de nacionalidad para sefardíes
Importantes cambios en la ley portuguesa de nacionalidad para sefardíes.
El pasado 18 de marzo se publicó en el Diario de la Republica de Portugal el Decreto-Lei nº. 26/2022 por el que se modifica, entre otras cuestiones, el articulado respecto del procedimiento de adquisición de la nacionalidad portuguesa para sefardíes.
A continuación explicamos lo más relevante:

La prueba de origen sefardí en el procedimiento de Portugal
Para acreditar en el origen sefardí en el procedimiento de Portugal, debemos acudir al Decreto-Lei n.º 30-A/2015 por el que se regula la concesión de la nacionalidad portuguesa a los descendientes de sefardíes.
El texto legal establece en su artículo 3-c cuál el documento maestro que servirá para acreditar el origen sefardí frente a las autoridades de Portugal: El certificado de la comunidad judía de Portugal, legalmente constituida en ese país. leer más…

Denegación de solicitudes de nacionalidad española para sefardíes
Denegación de la solicitud de nacionalidad española para sefardíes: ¿Te han notificado recientemente la denegación de la nacionalidad española para sefardíes?
Si aplicaste conforme a la Ley 12/2015 de acceso a la nacionalidad española para sefardíes y han resuelto denegarte la concesión de la nacionalidad, aún estás a tiempo de subsanar tu solicitud y solicitar nuevamente la concesión de la nacionalidad española.

Nacionalidad española para sefardíes: ¿tienen los interesados que venir a firmar el acta de notoriedad?
Una de las cuestiones más recurrentes entre nuestros clientes que aplicaron a la nacionalidad española en base a su origen sefardí es si tienen que venir personalmente a firmar el acta de notoriedad ante Notario o pueden realizar dicho trámite mediante un apoderado o directamente en el consulado español correspondiente.